



LICENCIA DE ACTIVIDAD
Para iniciar un negocio en cualquier local, en el que los clientes tienen acceso, la normativa nos obliga a presentar una licencia municipal que de amparo legal a la actividad que pretendemos implantar.
¿QUÉ ES LA LICENCIA DE ACTIVIDAD?
La Licencia de Apertura es un documento oficial que expide el ayuntamiento correspondiente y acredita que el local cumple con todos los requisitos de habitabilidad y uso necesarios para desarrollar la actividad prevista.
Esta licencia se concede una vez hayan terminado las obras de acondicionamiento del mismo y se hayan entregado la documentación final requerida.
¿QUÉ SE NECESITA PARA OBTENER LA LICENCIA DE APERTURA?
Para obtener la licencia de apertura, es necesario encargar a m14 Arquitectura que elabore su proyecto de actividad. En él se incluye la documentación necesaria para describir las condiciones y características del local y la actividad comercial a desarrollar.
Junto con el Proyecto de Licencia de Actividad o apertura, es necesario presentar el formulario de solicitud de la licencia y los justificantes de pago de las tasas que establece el Ayuntamiento para obtención de la misma.
¿DE QUÉ DOCUMENTACIÓN CONSTA EL PROYECTO DE ACTIVIDAD?
1. Memoria de la actividad y características del local. En ella se describe y justifica la adecuación a la normativa existente.
2. Planos del estado actual, reformado e instalaciones. En ellos, si fuese preciso, se reflejan las actuaciones a realizar para adaptar el local.
3. Presupuesto y mediciones de todas las actuaciones que son necesarias realizar para adaptar el local.
¿QUÉ TIPOS DE ACTIVIDAD EXISTEN?
Actividades inocuas: Son aquellas que, por sus características o mediante sencillas medidas correctoras, se presupone que no van a producir molestias significativas, alterar las condiciones normales de salubridad e higiene del medio ambiente, ocasionar daños a bienes públicos o privados, ni entrañar riesgos apreciables para las personas.
Son actividades que por su escasa entidad reciben una consideración especial por la Norma, permitiendo que los ayuntamientos definan un procedimiento de legalización de menor entidad.
Actividades calificadas: Son aquellas que están consideradas como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas. Por ello, requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales.
En su tramitación, se deberían emitir informes municipales urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales y jurídicos.
IMPORTANTE: Si se trata de un establecimiento que ha sido traspasado y usted va a mantener la misma actividad comercial y sus características, debe saber que ese local ya tiene una licencia de apertura.
Únicamente se ha de realizar el cambio de titularidad, mediante comunicación simple al área municipal correspondiente.

En m14 Arquitectura somos técnicos titulados para la elaboración de su Licencia de Apertura.
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