

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
La normativa exige a todos los propietarios que tienen la intención de alquilar o vender su inmueble, de poseer el Certificado de Eficiencia Energética (CEE). Por ello, resulta obligatorio disponer de dicho certificado antes de proceder a realizar la venta o firmar el contrato de arrendamiento correspondiente.
Ofrecemos a propietarios, inmobiliarias y administradores de fincas un servicio rápido y muy económico para obtener el CEE.
En m14 Arquitectura llevamos años realizando Certificados de Eficiencia Energética para Entidades Bancarias y otras empresas. Nuestros técnicos cuentan con formación específica en este campo, ya que han realizado el Máster Universitario de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Es un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble.
Su objetivo es calificar energéticamente un inmueble, calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda de energía de un edificio en condiciones normales de ocupación y funcionamiento.
¿QUÉ NORMATIVA EXISTE?
La normativa de referencia a nivel estatal es el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS Y QUÉ PLAZOS EXISTEN PARA SU REALIZACIÓN?
Este certificado resulta obligatorio, salvo excepciones, para el propietario de cualquier parte individual de un edificio existente (viviendas, oficinas o locales) objeto de una operación de compraventa o de alquiler.
Deberán estar en posesión de dicho certificado energético antes de realizar la operación.
¿QUÉ CONTENIDO TIENE?
Todo certificado de eficiencia energética tendrá como mínimo:
1.- Identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica.
2.- Identificación del procedimiento escogido para la obtención de la calificación energética del edificio. Utilizamos los programas informáticos habilitados por el Ministerio de Industria. Estos son Ce3 y Ce3x.
3.- Calificación de la eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
Modelo de Etiqueta de Calificación de la Eficiencia energética
¿Qué es la letra? La letra es la calificación del inmueble. Va de la A a la G, y mide los kg de CO2 que emite la vivienda al año, por superficie a la atmósfera.
Tener una u otra letra no obliga a realizar ninguna obra, ni supone sanción, ni que la vivienda “no pase la inspección”. Simplemente le dice al comprador o arrendatario cómo es la vivienda desde el punto de vista energético.
4.- Documento que recoja las medidas de mejora recomendadas por el técnico certificador, clasificadas según su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permitan , en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética.
¿A QUÉ SANCIÓN ME ENFRENTO SI NO DISPONGO DE CERTIFICADO?
A un expediente sancionador y a una multa, cuya cuantía varía en función de la gravedad de la infracción –en la Disposición Tercera de la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas aparecen catalogadas las infracciones que resultan leves, graves y muy graves-.
La sanción puede oscilar desde los 300 euros hasta los 6.000 euros según el tipo de infracción.
¿CÓMO LO HACEMOS?
Para realizar su certificado energético:
1º Contactaremos telefónicamente con usted para concertar una cita.
2º Cuando mejor le venga, acudiremos al inmueble para realizar la toma de datos necesarios para obtener el certificado energético. Estos datos se dividen en dos grupos:
Envolvente: ¿cómo está construido el edificio? Composición de muros, cubiertas, suelo y tipología de carpinterías (puertas, ventanas, lucernarios…)
Instalaciones: ¿Que instalaciones existen? Calefacción, refrigeración, agua caliente, y en caso de edificios terciarios, de las instalaciones de iluminación. ¿Que sistemas utilizan?
Es importante que se facilite el acceso a todas las instalaciones de climatización. Si estas son comunes y hay que pedir permiso al portero o administrador de la finca, debe hacerse antes de la visita.
3º Durante los dos días siguientes a nuestra cita, elaboraremos el certificado de eficiencia energética, introduciendo los datos en una de las herramientas informáticas reconocidas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España. Mediante el cual, obtendremos una calificación de su inmueble.
4º Procederemos al Registro de su certificado en la Junta de Andalucía. Es obligatorio presentar el certificado energético ante el registro habilitado de cada comunidad autónoma. Este trámite podemos realizarlo como representante del propietario.
5º Se le entrega el Certificado Energético y el Registro.

En m14 Arquitectura somos técnicos titulados para la elaboración de su CEE.
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